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CONSIDERANDO que esta Consejería resulta competente para resolver el expediente, en virtud del Decreto 103/85, de 19 de abril, siendo el titular de la misma quien concreta y, provisionalmente, debe ejercerla, en virtud del Decreto Territorial 397/85, de 11 de octubre.
RESUELVO: Aprobar definitivamente la reforma del Plan Especial de Ordenación Playa del Cura del Término Municipal de Mogán.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de UN MES a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, y contra su desestimación cabe interponer Recurso Contencioso - Administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Territorial en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la desestimación del recurso de reposición si éste fuera expreso, o un año si fuero por silencio administrativo, en virtud del artículo 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa.
Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de noviembre de 1985.
EL CONSEJERO DE ORDENACION
DEL TERRITORIO,
URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE,
Javier Domínguez Anadón.
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