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Por orden de 21 de marzo de 1986, de la Consejería de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, se convocaron subvenciones en el Area de Bienestar Social para el año 1986.
En el Artículo sexto de la mencionada Orden se estableció un fondo de 40 millones de pesetas a distribuir en los Ayuntamientos de la Coniunidad Autónoma de Canarias conforme a los criterios establecidos en el Artículo segundo del decreto 493/1984, de 18 de mayo, a fin que dichas Corporaciones atendiesen las situaciones de emergencia social.
En dicha Orden no se determinaron las cuantías de los créditos a transferir a las citadas Corporaciones, facultándose en su Disposición Final Segunda a la Dirección General de Bienestar Social para dictar cuantas resoluciones se precisen en orden al desarrollo Y aplicación de dicha disposición:
En su virtud,
R E S U E L V O: Los importes de las subvenciones a transferir a los Ayuntamientos de la Coniunidad Autónoma de Canarias, previa solicitud de éstos. conforme a la Orden de la Consejería de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social de 21 de marzo de 1986, que han sido determinados en función de la población de derecho y del porcentaje de desempleados en cada Municipio, respetando una cuantía de 30.000 pesetas para cada Ayuntamiento, son los siguientes:
EL DIRECTOR GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL José María Domínguez Silva
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