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Vista la petición formulada por el Istmo. Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera.
RESULTANDO.
Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, que lo emitió en su sesión ordinaria celebrada el día 24 de marzo de 1986, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas para el abastecimiento de agua que suministra el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera a dicho Término Municipal.
TARIFA DOMESTICA.
Hasta 10 m3. (hágase o no consumo) mensual .. 650 ptas. Por cada m3. que exceda de 10 m3. a 25 m3..... 65 ptas./m3. Por cada m3. que exceda de 25 m3 .... 92 ptas./m3.
TARIFA INDUSTRIAL.
Hasta 30 m3. (hágase o no consumo) mensual .2.760 ptas. Por cada m3. que exceda de 30 m3 .... 92 ptas./m3.
CONSIDERANDO:
Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695, de 28 de octubre.
VISTO los Reales Decretos 3173/831 de 19 de noviembre y el 1437/84 de 24 de julio, el Decreto l/86 de 10 de enero del Gobierno de Canarias y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación.
RESUELVO:
Autorizar al Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, las tarifas de abastecimiento de agua, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Contra la presente Resolución cabrá interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de Canarias en el plazo de 15 días a partir del siguiente al de su comunicación o de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias. de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Santa Cruz de Tenerife, 24 de marzo de 1986.
EL VICECONSEJERO DE ECONOMIA
Y COMERCIO,
Manuel Barreto Acuña
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