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Desconociéndose en esta Dirección General el domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles las denuncias que ha dado lugar a los Expedientes sancionadores que igualmente se reseñan, haciendo uso de la precisión contenida en el art. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
RESUELVO Notificar a los titulares de los vehículos que se citan las denuncias que se especifican en los expedientes que les han sido instruidos por esta Dirección General por infracción a la legislación de transporte por carretera.
N° expte Titular Dirección
GC-1985-0 D. Manuel Hernández Naranjo Avda. Juan Carlos l, n° 10 GC-1861-0 DI Isabel García Quintana Zamora, n'2 GC-2246-0 Frangast, S.L. Juan Rejón, 69 GC~2314-0 D. Eulalio Santana García Alcora, 61
Matrícula Infracción Cdjantía
GC-0253-S Art. 8-b, Ley 38/84 15.000 Pts GC-8624-W Art. 7-b, Ley 38/84 40.000 Pts GC-5329-W Art. 7-b, Ley 38/84 120.000 Pts GC~6666-D Art. 6-a, Ley 38/84 300.000 Pts
Las Palmas de Gran Canaria, 17 de febrero de 1986.- El Director General de Transportes, Pablo Montoro Martín.
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