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Instruido el expediente relativo a la declaración de Monumento Histórico - Artístico, a favor del Yacimiento Arqueológico «El Julán», en Frontera, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Territorial 662/1984, de 1 1 de octubre, esta Consejería,
ACUERDA: Conceder un plazo de quince días para que cuantas personas fisicas o jurídicas ostenten algún derecho sobre los bienes afectados por el expediente y el Ayuntamiento de Frontera puedan examinar el mismo y presenten las alegaciones, documentos y justificaciones que estimen oportunas, en las oficinas de esta Consejería, sita en S./C. de Tenerife, c/ Méndez Núñez, 84-8°, a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de enero de 1986.- El Director General de Cultura, Francisco Navarro Quintana.
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