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Dicha Ley, por otra parte, crea el cuerpo de Letrados de dicho Consejo que en principio, contará con una dotación de tres plazas. Iniciadas las actividades de este organismo, se precisa seleccionar, con carácter de urgencia, tres candidatos idóneos para su nombramiento como funcionarios de empleo interinos para el desempeño de las referidas plazas, en tanto se sustancia el correspondiente concurso oposición para su provisión en propiedad.
En consecuencia de conformidad con el acuerdo del Pleno del Consejo del día de la fecha, esta Presidencia ha resuelto:
Primero.- Anunciar concurso de méritos para la selección de tres Letrados entre quienes reuniendo los requisitos exigidos por la Ley 4/1984 de 6 de julio acrediten además la competencia técnica requerida para el desempeño de los cometidos inherentes a dichos puestos.
Segundo.- Asignar al Pleno del Consejo las funciones de Comisión calificadora del concurso que se anuncia, para lo que deberá tener en cuenta, además del curriculum de los aspirantes, su idoneidad para el desempeño de las funciones según resulte de un ejercicio teórico práctico que versará sobre las áreas jurídicas correspondientes a las matenas asignadas a la competencia del Consejo por su Ley de creación.
Los aspirantes deberán dirigir sus solicitudes a la Presidencia del Consejo Consultivo de Canarias, San Agustín 30, La Laguna, dentro de los 15 días siguientes a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La Laguna, 5 de febrero de 1986.
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO,
Gumersindo Trujillo Fernández.
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