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En su virtud,
D I S P O N G O:
Articulo l°.- Se delega en el Secretario General Técnico la disposición de gastos de los servicios del Departamento hasta la cuantía de UN MILLON DE PESETAS.
Artículo 2°.- La delegación de facultades a que se refiere la presente disposición se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación por parte del Titular del Departamento en cuantos expedientes considere oportunos.
Artículo 3°.- La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 1986.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,
Manuel Alvarez de la Rosa.
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