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BOC Nº 011. Lunes 27 de Enero de 1986 - 31

VI. ANUNCIOS - Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos - Consejería de Obras Públicas

31 - ORDEN de 22 de enero de 1986, por la que se modifica la de 26 de diciembre de 1985, por la que se aprueba el Pliego de Bases Generales para la convocatoria del concurso de Anteproyectos para la Sede de la Presidencia del Gobierno de Canarias en Santa Cruz de Tenerife.

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Habiéndose advertido, por un lado, la omisión de algunos párrafos, y, por otro, diversos errores en la transcripción de las Bases Generales del Concurso que se cita, se hace precisa la inclusión de lo omitido y la corrección de los errores padecidos. Por ello, dada la importancia de las omisiones resulia obligado modificar la Orden del 26 de diciembre de 1985 por la que se aprobaba el Pliego de Bases Generales para la Convocatoria del Concurso de Anteproyectos para la Sede de la Presidencia del Gobiemo de Canarias en Santa Cruz de Tencrife, y en su consectiencia, y para mayor claridad de las Bases rectoras del Concurso de tal manera que no puedan inducir a confusión alguna, transcribir el texto integro del Pliego de Bases con las debidas correcciones salvaguardando, al propio tiempo, los posibles dereclios adquiridos que pudieran haberse derivado de la Orden que se modifica.

En su virtud, ESTA CONSEJER A HA DISPUESTO notificar la Orden de 26 de diciembre de 1985 por la que se aprobaba el Pliego (.de Bases Generales para la Convocatoria del Concurso de Anteproyectos para la Sede de la Presidencia del Gobierno de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, cuyo texto queda redactado de la siguiente forma:

1.- ENTIDAD CONVOCANTE.

Convoca el presente concurso la Consejería de Obras Públicas por delegación de la Presidencia del gobierno de Canarias.

2.- OBJETO DEL CONCURSO.

A través del mismo se seleccionará la propuesta adecuada en orden a la redacción del Proyecto de ejecución y posterior construcción del edificio que albergará la Sede de la Presidencia del Gobierno de Canarias durante el periodo legislativo que le corresponda a Santa ('Cruz de Tenerife, según lo estipulado en el Artículo 3' del Estatuto de Autonomía de Canarias.

3.- CONCURSANTES.

Dicho concurso se convoca a nivel de anteproyectos y con ámbito nacional.

Podrán participar en el mismo todos los arquitectos con título oficial español que se hallen incorporados a alguno de los Colegios Oficiales existentes Y se encuentren en pleno ejercicio de sus derechos como tales en el momento de su inscripción.

Dicha inscripción podrá realizarse a título individual o formando equipo, en cuyo caso, al menos un miembro, que actuará como representante del mismo, gozará de la habilitación anterior.

Cada persona sólo podrá formar parte de un equipo.

4.- PLAZOS. a) DE INSCRIPCION:

-TREINTA D AS, contados a partir del siguiente al de la inserción de esta Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dicha inscripción se formalizará mediante los siguientes d) aumentos:

Escrito dirigido al Exemo. Sr. Consejero de Obras Públicas del Gobierno de Canarias en el que se hará constar el nombre, profesión, dirección y teléfono del concursante individual o representante del equipo, así como nombre y profesión del resto de los miembros del mismo si hubiera lugar. En el mismo documento se incluirá el nombre de dos arquitectos propuestos a los efectos de que pueda designarse el miembro del Jurado que haya de representar a los concursantes, según se establece en apartado 7. c) de estas bases.

- Certificado de colegiación profesional o representante del equipo.

- Declaración expresa de cada uno de los concursantes (concurra a título individual o como miembro de un equipo) de no ser personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias, del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ni de sus Organismos Autónomos o Empresas Públicas, circunstancias que suponen prohibición para concurrir al presente Concurso.

- Resguardo de haber depositado en la cuenta 000331 114001508 de la Caja General de Ahorros de Canarias, o transferencia bancaria a la misma, la cuota de inscripción de 5.000 pesetas. bajo el concepto «(-'nota inscripción concurso anteproyectos Presidencia del Gobierno».

Dicha documentación se presentará, dentro del plazo fijado, en el Registro General de la Consejería de Obras Públicas del Gobierno de Canarias, edificio de Servicios Múltiples, cl" La Marina, Santa Cruz de Tenerife, pudiendo ser enviada por correo. en cuyo caso, será válida la fecha de envío a los efectos de cumplimiento de plazo.

DE ADMISION DE CONCURSANTES E INFORMACION:

Concluido el periodo de inscripción, en el plazo de DIEZ DIAS se decidirá por la Consejería la admisión, en su caso, de los participantes que hayan cumplido los requisitos de las presentes Bases, divulgándose la relación de concursantes admitidos y remitiendo a los mismos la documentación precisa para el desarrollo del. trabajo, consistente en programa de necesidades del edificio, planos del solar y de su entorno, circunstancias urbanísticas, así como cualquier otra información complementaria de que se disponga.

Finalizado el plazo anterior, los concursantes podrán solicitar mayor información y realizar consultas durante un nuevo periodo de DIEZ D AS, concluido el cual la Consejería contestará a las cuestiones formuladas en el siguiente plazo de DIEZ D AS, comunicándolas a cada equipo junto con la designación nominal de los miembros que compondrán el Jurado, así como la fecha limite de presentación de los trabajos.

c) DE DESARROLLO:

SESENTA DIAS, a partir del último de los plazos indicados.

Todos los anteriores plazos se refieren a días naturales.

5.- DOCUMENTACION A PRESENTAR.

Los trabajos contendrán los siguientes documentos:

A.- DOCUMENTACION GRAFICA: A. I. Vinculación de la manzana con el entorno urbano existente. Escala 1'1000.

A.2. Ordenación general de la manzana. Escala 1:500.

A.3. Plantas, alzados y secciones. Escala: l: 1 00.

A.4. Perspectiva con técnicas y escala libres.

B.- DOCUMENTACI N ESCRITA:

B. I. Memoria justificativa, incluyendo avance de materiales fundamentales y calidades.

B.2. Avance de presupuestos que contendrá una estimación global del coste de las obras necesarias para la construcción del edificio Y la plaza a la que da frente.

El coste máximo de ejecución material admisible para el conjunto será de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESETAS (250.000.000 ptas.), con un valor no superior a 45.000,00 pesetas/m2. de edificación y 6.000,00 pesetas m2. de urbanización.

Dicha documentación se incluirá en paneles tamaño DINA-0, contrachapados ligeros, en número máximo de SEIS, debiendo reunirse en uno de ellos los documentos A. I., A.2., B. 1 y B.g- citados.

Los planos se presentarán obligatoriamente en copias heliográficas pegadas a dichos tableros; a estas copias, procedentes de un vegetal original, no se le añadirán colores ni elementos superpuestos.

No se admitirán maquetas.

Queda prohibida la aportación de documentos no relacionados en las presentes Bases.

Los trabajos se presentarán bajo LEMA que deberá figurar en todos los paneles.

6- PRESENTACION.

La presentación de los trabajos podrá realizarse en el indicado periodo de desarrollo, teniendo como límite las 13,00 horas del siguiente día hábil de su vencimiento, en el Registro General mencionado en el apartado 4 de estas bases.

Con los trabajos se acompañará un sobre opaco, cerrado y lacrado, con el LEMA en su exterior y el nombre de los concursantes en su interior y que será abierto en el Acto de aceptación (del Fallo por la Presidencia del Gobiemo de Canarias.

La presentación a la que se refiere este apartado tendrá carácter de admisión provisional de los trabajos.

7.- JURADO.

El Jurado estará compuesto por los SIETE miembros siguientes:

a) Iltmo. Sr. Consejero de Obras Públicas o persona en quien delegue. Istmo. Sr. Director General de Arquitectura y Vivienda o persona en quien delegue.

c) lltmo. Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife o persona en quien delegue,

d) Un arquitecto nombrado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias.

c) Un arquitecto nombrado por los concursantes por simple mayoría.

f) Dos arquitectos designados por la entidad convocante.

Actuará de Secretario con voz y sin voto el Secretario General Técnico de la Consejería de Obras Públicas o funcionario en quien delegue.

Se nombrarán suplentes para cada uno de los miembros del Jurado a fin de garantizar su constitución.

No podrán ser nombrados miembros del Jurado los concursantes ni sus familiares hasta el segundo grado de parentesco ni sus asociados o colaboradores profesionales.

El jurado se reunirá y fallará dentro de lo,, VEINTE D AS siguientes al de la finalización del plazo de desarrollo de los trabajos, teniendo a su cargo las tareas siguientes:

- La Admisión Definitiva cuya Acta será firmada por todos los miembros, debiendo figurar en la misma los trabajos no admitidos, con expresión de las razones que hayan motivado la exclusión en cada caso por no ajustarse a las presentes bases.

- El Juicio, en sesiones que serán como mínimo de cinco miembros, constituidas por los titulares o, en caso de imposibilidad de alguno de ellos, por sus respectivos suplentes.

redacción y aprobación del Acta que consigne el Fallo del Jurado con expresión de votos emitidos para cada uno de los respectivos premios así como dictamen razonado que lo fundamente, pudiendo cada miembro del Jurado hacer constar, por separado, ¡as razones de su voto.

Al Acta de Fallo se unirán las de admisión definitiva y las de las respectivas sesiones deliberantes, y será elevada a la consideración de la Presidencia del Gobierno para su resolución definitiva dentro de los DIEZ D AS siguientes a dicha comunicación, transcurridos los cuales se entenderá en todo caso firme y definitiva la propuesta de adjudicación de premios, dándose a la misma publicidad y remitiéndose a los concursantes.

8.- PREMIOS.

Se establecen los siguientes:

PRIMER PREMIO: TRES MILLONES DE PESETAS (3.000.000 pts.).

SEGUNDO PREMIO: DOS MILLONES DOSCIENTAS CINCUENTA MIL PESETAS (2.250.000 pts.).

TERCER PREMIO: UN MILLON Y MEDIO DE PESETAS (1.500.000 pts.).

Si a juicio unánime del Jurado los trabajos admitidos no tienen calidad suficiente, éste podrá proponer y la Presidencia del Gobierno de Canarias acordar que se declare desierto el primer premio adjudicándose los restantes en orden correlativo. Los I)remios se harán efectivos en el transcurso de los TREINTA DIAS siguientes a la resolución definitiva por Presidencia del Gobierno.

9.- DERECHOS DE PROPIEDAD.

Las ideas presentadas quedarán en propiedad de sus autores, a excepción del trabajo que corresponda el Primer Premio que pasará a ser propiedad de la entidad convocante a lodos los efectos.

Ninguna otra idea, premiada o no, podrá ser utilizada total o parcialmente en la redacción del futuro proyecto, si no es con acuerdo formal del autor.

10.- REALIZACION DEL PROYECTO DEFINITIVO Y DIRECCION DE LA OBRA.

El autor del trabajo ganador del Primer Premio realizará el Proyecto definitivo y la dirección de la obra de acuerdo con las ideas contenidas en dicho trabajo. El Premio tendrá la consideración de hoitorarios cobrados a cuenta sin que sea deducible el recargo del diez por ciento a aplicar a los honorarios de anteproyectos en misión parcial según tarifa,, vigentes.

Previamente a la formalización del contrato, el concursante en el plazo máximo de UN MES a partir del fallo habrá de acreditar documentalmente su plena capacidad juridico - administrativa para la ejecución de los trabajos así como su incorporación al Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias.

11.- RENUNCIA 0 IMPOSIBILIDAD.

En caso de renuncia o imposibilidad del autor del trabajo ganador del Primer Premio para la redacción del Proyecto y Dirección de obra, éstos serán realizados alternativa y sucesivamente por:

- El ganador del Segundo Premio.

- El ganador del Tercer Premio.

- Los técnicos que designe la Presidencia del Gobierno.

Estos trabajos se realizarán en las mismas condiciones, aplicadas al caso, establecidas en la base anterior.

12.- EXPOSICION DE TRABAJOS. En caso de que el número y calidad de los anteproyectos lo aconseje, la Presidencia del Gobierno podrá, por sí o en colaboración con otras entidades, exponer al público los trabajos presentados al concurso.

13.- SUSPENSION DEL CONCURSO. Caso de suspenderse el concurso por la Presidencia del Gobiemo, se indemnizará a los concursantes por el trabajo Y materiales ya empleados para la ejecución de parte o todo el trabajo, justipreciándose las indemnizaciones del Jurado.

14.- ACEPTACION DE LAS BASES. El hecho de presentarse al Concurso convocado implica por parte de los concursantes el conocimiento y aceptación de las presentes Bases, no pudiendo impugnarlas una vez formalizada la inscripción.

DISPOSICION ADICIONAL. Se entenderán convalidadas las inscripciones y válidos los resguardos de depósitos de cuota de inscripción efectuados hasta la fecha de la publicación de la presente Orden en el Boletín Ocicial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, 22 de enero de 1986.

EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS. José Medina Jiménez.

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