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Con la finalidad de favorecer la promoción de jóvenes intérpretes tanto solistas como conjuntos de música rock, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente.
D I s P O N G O Artículo único.- Se convoca la muestra regional de música rock para jóvenes, que ser regirá por las base que figuran en el anexo de esta orden.
DISPOSICIONES FINALES
1.- Se faculta al Director Gneral de Juventud para el desarrollo y ejecución de la presente orden.
DISPOSICIONES FINALES
1.- Se faculta al Director General de Juventud para el desarrollo y ejecución de la presetne orden.
2.- La presente orden entrarà en vigor el mismo día desu publicación en el Boletín Oficial de la comunidad Autónoma de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de diciembre de 1985.
EL CONSEJERO DE CULTURA y DEPORTES, Felipe Pérez Moreno
ANEXO QUE SE CITA
MUESTRA REGIONAL DE MUSICA DE ROCK, 1986 PARA JOVENES INTERPRETES
B A s E s PRIMERA: PARTICIPANTES
Pueden concurrir a esta convocatoria los conjuntos residentes en lal Comunidad Autónoma de Canarias, que interpretando múscia rock tengan una edad máxima de 30 años, al 31 de diciembre de 1986.
SEGUNDA: INSCRIPCION y DOCUMENTACION.
La inscripción sse realizarà cumplimentando el Boletín que figura al final de las presentes bases.
Dicho boletín, así como la documetnación que se indica sse enviarán a las Direcciones Territoriales de Cultura y Deportes de Las Palmas de Gran Canaria y en Tenerife en a calle Méndez Núñez 48,38001 Santa Cruz de Tenerfie, antes del 28 de febrero de 1986 con:
A) Curriculum (año de fundación, biografia, estudios musicales, actuaciones, crísticas, etc)
B) Relación nominal de los componentes del grupo, especificando edad e instrumentos que tocan cada uno (acompañar fotocopia del D.N.I)
C) Una cinta cassette grabada recientemente, con la mayor claridad posible, por el conjunto.
TERCERA: SELECCION DE SOLISTAS O CONJUNTOS.
Una Comisión Evaluadora, designada porla Dirección General de juventud, adoptará las medidas convenientes, para decidir la selección de los conjuntos que participaràn en la muestra. El fallo será dado a conocer a los solicitantes, antes del 31 de marzo de 1986.
CUARTA: Cada solista o conjunto participantes en la muestra, realizarà una actuación de 30 minutos de duración.
El orden de las actuaciones se fijará previo sorteo, y los selccionados sólo podrán actuar en un solo conjunto.
QUINTA: La muestra se realizarà durante la segunda quincena de mayo, en la localidad que se determine.
SENTA: PREMIOS.
Se concederán los siguientes premios:
Placa a todos los participantes.
Primero, 50.000 pesetas.
Segundo, 40.000 pesetas.
Accesits, al mejor intérprete, 30.000 pesetas.
A la mejor composición y /o arreglos originales e inéditas, 30.000 pesetas.
SEPTIMA: La Comisión Evaluadora, propondrá la participación de un solista o conjunto, en la muestra nacional de música rock, que convocará el Ministerio de Cultura.
OCTAVA: Los gastos de viaje y alojamiento de los seleccionados para participar en la muestra, será sufragados por la Consejería de Cultura y Deportes.
NOVENA: Las dudas que puedieran surgir en la aplicación o interpretación de las presentes bases, serán resueltas por el Consejero de Cultura y Deportes, a cuya decisión se soemten los concursantes por el mero hecho de participar.
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