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BOC Nº 142. Lunes 25 de Noviembre de 1985 - 1097

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Ganadería y Pesca

1097 - RESOLUCION de 20 de noviembre de 1985 de la Dirección General de Investigación, Formación Profesional y Asistencia Técnica Agrarias, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de doce becas a titulados universitarios, destinadas a la formación y perfeccionamiento de personal investigador agrario.

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En desarrollo del Plan anual de Formación y Perfeccionamiento del Personal Investigador de esta Dirección General, previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 1985 y considerado básico para el fomento de la Investigación y el Desarrollo Tecnológico Agrario, se convocan NUEVE BECAS para la FORMACION de personal investigador en el Centro Regional de Investigación Agraria de Canarias (C.R.I.A.C.), dependiente de ésta Dirección General, UNA BECA de FORMACION para la realización de estudios en una Universidad extranjera de reconocido prestigio y DOS BECAS de ESPECIALIZACION para la realización de proyectos de investigación en el C.R.I.A.C.

Las BASES que habrán de regir la concesión de las referidas becas se señalan a continuación:

Podrán concurrir a la presente convocatoria los españoles, titulados universitarios, de grado superior o de grado medio.

2) Los temas objeto de las DIEZ BECAS de FORMACION son:

Horticultura intensiva.

Fruticultura templada.

Control biológico de plagas en cultivos hortícolas.

Nematología.

Patología de postcosecha.

Fisiología de la postcosecha.

Utilización en Agricultura de residuos agrícola forestales y de lodos de depuradoras.

Desarrollo rural y cooperativismo agrario.

Bioestadística.

Control del crecimiento y del desarrollo en especies tropicales: factores hormonales (beca a desarrollar en el extranjero).

El tema objeto de las DOS BECAS de ESPECIALIZACION es:

Fruticultura tropical.

3) Las solicitudes se formularán mediante instancia dirigida al Director General de Investigación, Formación Profesional y Asistencia Técnica Agrarias (C/ La Marina, 26 6ª planta, Santa Cruz de Tenerife). En las solicitudes, los candidatos deberán indicar el tema de beca al que concurren, acompañando preceptivamente certificación académica personal completa y cualquier otro documento o dato que pueda facilitar el juicio sobre sus méritos científicos (experiencia previa, relación de publicaciones, conocimiento de idiomas, cte.), para el desarrollo del trabajo objeto de la beca.

Los solicitantes de la beca a desarrollar en el extranjero deberán presentar documento del Centro receptor, en el que se haga constar la admisión del solicitante para la realización de los estudios o trabajos propuestos en el periodo de tiempo solicitado. También deberán acreditar el conocimiento del idioma del país receptor o del inglés, bien documentalmente o mediante entrevista personal.

Los candidatos a las becas de especialización deberán acreditar formación sólida en Fruticultura Tropical.

4) El plazo de presentación de solicitudes expirará el 9 de diciembre de 1985 a las 14 horas.

5) Una Comisión de Selección, designada por esta Dirección General de cuya composición deberá formar parte un miembro de la Comisión Científica del C.R.I.A.C., juzgará los méritos de los candidatos y elevará la correspondiente propuesta a esta Dirección General.

Los candidatos podrán ser convocados a una entrevista personal ante los miembros de la Comisión.

6) Esta Dirección General resolverá la propuesta de la Comisión de Selección, reservándose el derecho a declarar desiertas aquellas becas para las que se estime que no ha concurrido ningún candidato con méritos suficientes.

7) Las becas de formación, incluida la que se disfrutará en el extranjero, se concederán por un periodo de doce meses. Las becas de especialización se concederán por un periodo de seis meses.

8) Como principio general en la política de formación y perfeccionamiento del personal de esta Dirección General se establece que el tiempo máximo que un becario podrá disfrutar de una beca de formación será de tres años, y el tiempo máximo de disfrute de una beca de especialización será de dos años. Los becarios que en sucesivas convocatorias obtengan una beca de especialización tras haber disfrutado de beca de formación, dispondrá de un periodo máximo de disfrute de cuatro años, prendidos los dos tipos de beca.

9) Cada una de las becas de formación a disfrutar en el C.R.I.A.C., estará dotada con importes íntegros mensuales iguales y de 60.000 pesetas. La dotación de la beca de formación en el extranjero tendrá un importe íntegro mensual comprendido entre 100.000 y 120.000 pesetas, a fijar cuando se conozca la Nación receptora. Además, la beca en el extranjero incluirá un único billete de ida y vuelta.

Cada una de las becas de especialización estará dotada con importes íntegros mensuales iguales y de 70.000 pesetas.

10) El disfrute de las becas es incompatible con el de cualquier otro tipo de beca.

11) Cada becario será asignado a un tutor. Esta Dirección General, si lo estima conveniente, podrá requerir a los tutores y a los becarios, en cualquier momento a lo largo del periodo de disfrute de la beca, para que presenten informes sobre el estado de desarrollo de sus trabajos, y también podrá anular en cualquier momento la concesión de las becas propuesta de los tutores de los becarios y oídos el Director y la Comisión Científica del C.R.I.A.C.

12) La concesión de las becas, dado su carácter docente, no supondrá ningún tipo de vinculo laboral o administrativo entre el beneficiario y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, ni dará lugar a su inclusión en la Seguridad Social, si bien, les será suscrita una póliza colectiva de Seguro de Accidentes por el periodo de concesión de las mismas.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de noviembre de 1985.- El Director General, Francisco Bocanegra Velazquez de Castro.

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