Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 142. Lunes 25 de Noviembre de 1985 - 1092

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Educación

1092 - ORDEN de 9 de octubre de 1985, por la que se hace pública la lista única de aprobados y se nombra funcionarios interinos en prácticas del Cuerpo de Maestros de Taller de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos a los opositores del concurso - oposición convocado por Orden de 30 de marzo.

Descargar en formato pdf

De conformidad con el apartado 8.3 de la Orden de 30 de marzo de 1985, por la que se convoca concurso oposición libre para provisión de plazas del Cuerpo de Maestros de Taller de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.

ESTA CONSEJERIA HA DISPUESTO:

Primero.- Hacer pública -según el Anexo a la presente convocatoria- la lista única de aprobados, por asignaturas, ordenados por coeficiente, conforme a lo establecido en la base X de la Orden Ministerial de 21 de marzo de 1985.

Segundo.- Nombrar funcionarios interinos en prácticas del Cuerpo de Maestros de Taller de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos a los opositores relacionados en el precisado Anexo, desde la fecha de toma de posesión de sus destinos provisionales en Centros de Enseñanzas Medias de la Comunidad Autónoma de Canarias. Dichos opositores estarán obligados a participar en cuantos concursos de traslados se convoquen hasta obtener un destino definitivo dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias,

Tercero.- Los opositores aprobados que no hubiesen obtenido destino provisional se considerarán en expectativa de ingreso, de acuerdo con lo previsto en el apartado 1.1 de la Orden de Convocatoria. Aquellos que, por encontrarse cumpliendo el servicio militar o por gestación, necesitasen aplazamiento de la incorporación a la fase de prácticas, deberán solicitarlo por escrito a la -Dirección General de Personal, acompañando los datos justificativos.

Cuarto.- Aquellos opositores que no se hubiesen incorporado al destino en el plazo de cinco días a partir de la comunicación del mismo, quedarán excluidos del concurso oposición.

Quinto.- Quienes ya fuesen funcionarios de carrera de la Administración Civil, Judicial o Militar, podrán optar, o por el régimen económico que ya venían disfrutando, en cuyo caso continuarán en la situación de activo hasta que sean nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros de Taller de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos o por el de funcionarios en prácticas quedando en situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo o escala al que pertenecía.

Sexto.- El régimen de retribuciones para los funcionarios en prácticas, será el establecido para los funcionarios interinos, conforme a la legislación vigente.

Séptimo.- Los opositores presentados por la Reserva 2.2.1. establecida en la Orden de 30 de marzo, quedarán dispensados de realizar las prácticas, siempre y cuando hayan prestado servicios previos por un periodo de tiempo igual o superior a tres meses.

Los opositores dispensados de la fase de prácticas presentarán dentro del plazo de veinte días naturales,. contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, la documentación referida en la base 11.2 de la Orden de convocatoria y en la forma prevista en la misma.

Octavo.- Por la Dirección General de Personal se adoptarán cuantas medidas e instrucciones se hagan necesarias para el desarrollo de esta Orden.

Contra la presente Orden podrán formular los interesados Recurso de Reposición ante el Consejero dé Educación en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de octubre de 1985.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, Luis Balbuena Castellano

© Gobierno de Canarias