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BOC Nº 128. Miércoles 23 de Octubre de 1985 - 986

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Cultura y Deportes

986 - ORDEN de 23 de septiembre de 1985, por la que se modifica la Orden de 23 de mayo de 1985, por la que se regula el régimen de subvenciones a Asociaciones y Organizaciones Juveniles y Entidades prestadoras de Servicios a la Juventud.

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Con el fin de ampliar las posibilidades de la juventud para acceder a las subvenciones reguladas en la Orden de 23 de mayo (Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias 92 de 31 de julio de 198 5), se estima conveniente modificar el artículo cuarto de la misma, en el sentido de incluir, como sujetos que pueden solicitar subvenciones, a los grupos de jóvenes que se reúnan ocasionalmente para realizar una actividad concreta y que estén avalados por una organización o asociación juvenil constituida legalmente o por una entidad prestadora de servicios a la juventud.

Por ello, en uso de las atribuciones que me confiere la Legislación vigente: DISPONGO Artículo uno.- Se modifica el artículo cuarto de la Orden de 23 de mayo de 1985 (Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias 92 de 31 de julio de 1985), el cual queda redactado de la siguiente forma:

«Artículo cuarto.- Podrán solicitar subvenciones:

A) Las Organizaciones y Asociaciones Juveniles que estén legalmente constituidas y se encuentren registradas en la Dirección General de Cultura.

B) Las Entidades prestadoras de Servicios a la Juventud legalmente establecidas y censadas en la Dirección General de Cultura que, careciendo de interés lucrativo, realicen actividades a favor de la Juventud con criterios formativos y de participación.

C) Los grupos de jóvenes que se reúnan ocasionalmente para realizar una actividad concreta y que estén avalados por una organización o asociación juvenil constituida legalmente o por una entidad prestadora de servicios a la juventud.»

Artículo dos.- Se concede un nuevo plazo de un mes, a contar desde la entrada en vigor de la presente orden, para la presentación de solicitudes de subvención que tengan por objeto programas de actividades a realizar en el segundo semestre de 1985.

Artículo tres.- Podrán acogerse al régimen previsto en esta orden y en la 23 de mayo de 1985, las solicitudes de subvención presentadas con anterioridad al día 31 de julio de 1985.

DISPOSICION FINAL La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de septiembre de 1985.

EL CONSEJERO DE CULTURA Y DEPORTES, Felipe Pérez Moreno

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