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BOC Nº 117. Viernes 27 de Septiembre de 1985 - 933

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación

933 - ORDEN de 4 de septiembre de 1985, por la que se aprueba el cambio de domicilio y la transformación y clasificación definitiva del Centro docente privado de Educación General Básico <> de La Laguna (Tenerife).

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La Ley General de Educación establece, en sus disposiciones transitorias segunda y tercera, la obligación de los actuales Centros Docentes de acomodarse a los nuevos niveles educativos mediante la transformación, en su caso, y clasificación de los mismos. Dichas disposiciones transitorias han sido desarrolladas, entre otras, por las Ordenes Ministeriales de 19 de junio de 1971, sobre transformación y clasificación de los actuales Centros docentes y 22 de mayo de 1978, por las que se establecen los requisitos para la transformación y clasificación de los Centros de enseñanza.

Examinando el expediente instruido por Don Néstor Ferrera Pardillo en su condición de Director del Centro Docente privado denominación <>, cuya titularidad ostenta el Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristianas, domiciliado en la calle Obispo Rey Redondo N° 9 de La Laguna (Tenerife) en solicitud de autorización de cambio de domicilio y de clasificación y transformación.

Resultando que el Centro «NAVA LA SALLE» fue debidamente autorizado con fecha 12 de febrero de 1952.

Resultando que el citado Centro solicita autorización de cambio de domicilio por reunir las nuevas instalaciones mejores condiciones pedagógicas que el anterior inmueble.

Resultando que el citado expediente fue presentado en tiempo y forma reglamentarios en la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife.

Resultando que dicha Dirección Territorial ha elevado propuesta acerca de las referidas peticiones que han sido favorablemente informadas por los Servicios Territoriales.

Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (B.O.E., de 6 de agosto), el Decreto 1855/74, de 7 de junio (B.O.E., de 10 de julio) sobre régimen jurídico de autorizaciones a Centros no estatales de enseñanza, las Ordenes Ministeriales de 19 de junio de 1971 (B.O.E., de 1 de julio) y 22 de mayo de 1978 (B.O.E., de 2 de junio) por las que se establecen las normas y requisitos necesarios para la clasificación y transformación de los Centros docentes, la Orden Ministerial de 14 de agosto de 1975 (B.O.E., de 27 de agosto) por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de proyectos de Centros de Educación General Básica y Bachillerato, el Real Decreto 2091/1983, de 28 de julio, sobre traspaso de funciones servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de Educación (B.O.C.A.C., de 20 de septiembre) y demás disposiciones gentes en la materia.

Considerando que las nuevas instalaciones se ajustan a los módulos establecidos por la normativa en vigor, según consta en el expediente de interés social, que se tramitó en su día, para la construcción del Centro en La Verdellada.

Esta Consejería ha resuelto:

I°. Autorizar el cambio de domicilio del Centro docente privado de E.G.B., denominado «NAVA LA SALLE» de la calle Obispo Rey Redondo, 9 de La Laguna (Tenerife) a La Verdellada, junto al Seminario, sito asimismo en La Laguna.

2°. Aprobar la transformación y clasificación DEFINITIVA del citado Centro con 10 unidades y capacidad para 400 puestos escolares.

Santa Cruz de Tencrife, 4 de septiembre de, i985.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, Luis Balbuena Castellano.

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