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BOC Nº 094. Lunes 5 de Agosto de 1985 - 784

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo y Transportes

784 - ORDEN de 23 de julio de 1985, sobre concesión de título - licencia de Agencia de Viajes del Grupo A, a «Viajes Santa Lucía, Sociedad Limitada», con el número 1.290 de orden.

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VISTO el expediente instruido con. fecha 22 de febrero de 1985, a instancia de D. JUAN ANTONIO GARCIA HERNANDEZ, en nombre y representación de Viajes SANTA LUCIA. S.L. en solicitud de la concesión del oportuno Título licencia de Agencia de Viajes del Grupo A, y

RESULTANDO que a la solicitud de dicha empresa se acompañó la documentación que previene el artículo 9 y concordantes del Reglamento aprobado por Orden Ministerial de 9 de agosto de 1974, que regula el ejercicio de la actividad profesional que compete a las Agencias de Viajes y en el que se especifican los documentos que habrán de ser presentados juntamente con la solicitud de otorgamiento de título - licencia.

RESULTANDO que tramitado el oportuno expediente en la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turísticas, aparecen cumplidas las formalidades justificados Ios extremos que se previenen en los artículos 10, 12 y 15 del expresado Reglamento.

CONSIDERANDO que en la empresa solicitante concurren todas las condiciones exigidas por el Decreto 1524/1973, de 7 de junio y Orden de 9 de agosto de 1974, para la obtención del título licencia de Agencia de Vi ajes del Grupo «A».

Esta Consejería de Turismo y Transportes, en uso de las competencias que le confiere el artículo 7° del Estatuto Ordenador de las Empresas y Actividades Turísticas Privadas aprobado por Decreto 2311/1965, de 14 de enero, el Real Decreto 2807/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de Turismo; el artículo 32,c) de la Ley 1/ 1983, de 14 de abril del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y Decreto 26/1984, de 27 de enero, sobre distribución de competencias en materia de Turismo, ha tenido a bien resolver:

Artículo único.-- Se concede el título - licencia de Agencia de Viajes del Grupo A., a VIAJES SANTA LUCIA, SOCIEDAD LIMITADA con el número 1.290 de orden y casa central en Avenida Generalísimo Franco, 23 (Puerto de la Cruz), pudiendo ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias con sujeción a las normas Y disposiciones legales que regulan el ejercicio de las actividades de las Agencias de Viajes.

Santa Cruz de Tenerife, 11 de julio de 1985.

LA CONSEJERA DE TURISMO Y TRANSPORTES, Mª Dolores Palliser Díaz

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