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BOC Nº 083. Miércoles 10 de Julio de 1985 -

VI. ANUNCIOS - Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos - Consejería de Educación

- ORDEN de 1 de junio de 1985, por la que se hace pública la adjudicación del contrato de obra para construcción de un Centro de Formación Profesional en San Cristóbal Las Palmas de Gran Canaria.

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Por Orden de esta Consejería de 19 de abril de 1985 (B.O.C.A.C., de 22 de abril) se anunció Concurso - Subasta para la adjudicación de los contratos de dos obras, siendo una de ellas la construcción de un centro de F.P., de 1.200 p.e., en el Polígono de San Cristóbal, Las Palmas de Gran Canaria, con un presupuesto de contrata de 261.006.243 pesetas, celebrándose el día 20 el acto de examen de documentación, y el día 24 de mayo, el acto de apertura de proposiciones economicas.

Habiéndose cumplido los trámites que en materia de concurso - subasta prevé la vigente Ley de Contratos del Estado y su Reglamento, así como lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares específico del contrato, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación.

ESTA CONSEJERIA DE EDUCACION, ha resuelto:

Primero.- Adjudicar con carácter definitivo la obra de construcción de un Centro de Formación Profesional de 1.200 p.e., en el Polígono de San Cristóbal, Las Palmas de Gran Canaria a la empresa Félix Santiago Melián, por un importe de adjudicación 195.754.000 pesetas, debiendo la empresa adjudicataria constituir la Fianza definitiva y formalizar el contrato en la cuantía, forma y plazo, que determinen los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.

Segundo.- Que la adjudicación del contrato se notifique directamente al adjudicatario y se publique en el B.O.C.A.C., para su conocimiento y el de los restantes licitadores interesados en el procedimiento,

Contra la presente Orden podrá interponer-se Recurso de Reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes a partir de su notificación y publicación, de acuerdo con lo preceptuado en el art. 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo. 36 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y 52 de la Ley Reguiadora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de junio de 1985.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, Luis Balbuena Castellano.

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