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Por el Real Decreto 810/1985, de 30 de Abril, se traspasaron a la Comunidad Autónoma de Canarias las participaciones de la Sociedad Estatal de Promoción y Equipamiento de Suelo (SEPES) en determinadas entidades urbanísticas.
En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 1 de julio de 1985.
D I S P O N G O Artículo l°.- Se asignan a la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, las funciones inherentes a las participaciones accionariales de SEPES. en las Sociedades de Gestión Urbanística de ámbito provincial, traspasadas a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 810/1985, de 30 de abril.
Artículo 2°.- Tal asignación, se entenderá, sin perjuicio, de las competencias que en orden al régimen jurídico de los bienes patrimoniales traspasados, vienen atribuidas a la Consejería de Hacienda por la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria a 1 de julio de 1985.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Manuel Alvarez de la Rosa.
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