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Instruido el expediente relativo a la declaración de monumento histórico artístico a favor de la Iglesia de San Juan Bautista y casas antiguas de los aledaños, en Arico (Tenerife), en virtud de lo dispuesto en el articulo 6° del Decreto Territorial 662/1984, de 11 de Octubre, esta Consejería,
ACUERDA:
Conceder un plazo de quince dias para que cuantas personas físicas o jurídicas ostenten algún derecho sobre los bienes afectados por el expediente y el Ayuntamiento de Arico (Tenerife), puedan examinar el mismo y presenten las alegaciones, documentos y justificaciones que estimen oportunas, en las oficinas de esta Consejería sita en Las Palmas de Gran Canarias. Plaza de los Derechos Humanos, -Edificio de Usos Múltiples-, a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canarias, a treinta uno de Mayo de mil novecientos ochenta y cinco.
EL CONSEJERO DE CULTURA Y DEPORTES, Alfredo Herrera Pique.
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