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BOC Nº 073. Miércoles 19 de Junio de 1985 - 590

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Educación

590 - DECRETO 194/1985, de 13 de Junio, por el que se transforma la Escuela de Asistentes Sociales de Las Palmas, en Escuela Universitaria de Trabajo Social adscrita a la Universidad de La Laguna.

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El Obispado de Canarias ha solicitado, al amparo del Decreto 2293/1983, de 17 de agosto y Real Decreto 1850/1981, de 20 de agosto, la transformación de la Escuela de Asistentes Sociales de Las Palmas en Escuela Universitaria de Trabajo Social, adscrita a la Universidad de la Laguna, habiendo sido informado favoraablemente, por la Junta de Gobierno de la Universidad citada y por la Junta Nacional de Universidades.

Por otra parte, la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de Agosto de Estatuto de Autonomía de Canarias en su artículo 84, en virtud de la Ley orgánica 11/1982, de 10 de Agosto, de Transferencias Complementarias a Canarias, atribuye a la Comunidad Autónoma competencias legislativas y de ejecución sobre "Enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidad y especialidades", y la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria en su artículo 9°,2 establece que la creación de escuelas Universitarias se acordará por la Comunidad Autónoma, competencia atribuida al Gobierno de Canarias, por la Ley Territorial 6/1984, de 30 de noviembre de los Consejos Sociales de Coordinación Universitaria, y de creación de Universidades, Centros y Estudios Universitarios.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, consumo la conformidad del Ministerio de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de junio de 1985.

ACUERDO

Primero.- Se autoriza la transformación de la Escuela de Asistentes Sociales de Las Palmas de Gran Canarias en Escuela Universitaria de Trabajo Social, adscrita a la Universidad de La Laguna.

Segundo.- La Escuela Universitaria de Trabajo Social de Las Palmas de Gran Canarias se regirá por lo dispuesto en la Ley 11/1983, de 25 de agosto en la Ley Territorial 6/1984 de 30 de noviembre, en el Decreto 2292/1973, de 17 de agosto, en el Real Decreto 1850/1981, de 20 de agosto, por el Convenio de Colaboración entre la Universidad de La Laguna y el Obispado de Canarias y demás normas de general aplicación.

Tercero.- Se señala el plazo de un mes, desde la publicación del presente Decreto, para que la entidad Titular de la Escuela Universitaria de Trabajo Social cumpla las condiciones necesarias para alcanzar el reconocimiento de la indicada Escuela, de acuerdo consumo las previsiones del artículo 16 del Decreto 2293/1973 de 17 de agosto.

Cuarto.- Se autoriza a la Consejera de Educación para dictar cuantas disposiciones complementarias sean precisas para el desarrollo del presente Decreto.

Dado en Las Palmas de Gran Canarias, a 13 de junio de 1985.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO Jerónimo Saavedra Acevedo.

EL CONSEJERO DE EDUCACION Luis Balbuena Castellano.

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