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Examinado el expediente tramitado por el lltre, Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma para la municipalización del Servicio de Pompas Fúnebres en régimen de monopolio.
Teniendo en cuenta que se acreditan en el expediente los requisitos legalmente exigidos para aprobar tal municipalización en régimen de monopolio, a saber:
1°) Inclusión del Servicio de Pompas Fúnebres entre los de posible municipalización en régimen de monopolio.
2°) Aprobación del acuerdo por el Ayuntamiento Pleno con el voto favorable de la mayoria absoluta del número legal de miembros de la Corporación.
En el ejercicio de las competencias previstas en el articulo 86,3 de la Ley 7/198.5, de 1 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en sesión del dia 13 de Julio
Artículo único: Aprobar la municipalización en régimen de monopolio del Servicio de Pompas Fúnebres del Municipio de Santa Cruz de La Palma.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de Junio de 1985.
EL PRESIDENTE, Jerónimo Saavedra Acevedo
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Manuel Alvarez de la Rosa
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