BOC - 1985/041. Viernes 5 de Abril de 1985 - 278

IV. DISPOSICIONES DEL ESTADO - Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

278 - REAL DECRETO 335/1985, de 6 de Febrero, por el que se establece un nuevo plazo para solicitar los beneficios de zona de preferente localización industrial agroalimentaria en las islas Canarias. (B.O. E. de 16 de Marzo).

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El Real Decreto 2613/1979, de 5 de Octubre, declaró zona de preferente localización industrial agraria a las provincias de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas y estableció un plazo para solicitar los correspondientes beneficios, que caducó el 3 de Diciembre de 1984.

La evolución de la respuesta a estas ayudas durante el quinquenio de vigencia aconseja no frenar el despegue iniciado en las actividades de la industria agraria y alimentaría de estas provincias, por lo que se hace necesario establecer una prórroga para mantener esta línea de fomento a la industria agroalimentaria en las áreas geográficas mencionadas.

En su virtud, a propuesta del Ministerio de Agricultura., Pesca y Alimentación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de Febrero de 1985.

D I S P O N G O:

Artículo 1°.- Se establece un nuevo plazo, hasta el 31 de Diciembre de 1985, para solicitar los beneficios que se disponen en el Real Decreto 2613/1979, de 5 de Octubre.

Artículo 2°.- I. Podrán acogerse a los beneficios establecidos eli el Real Decreto 2613/1979, de 5 de Octubre. todas las actividades industriales, agrarias y alimentarias.

Las solicitudes para disfrutar de estos beneficios se tramitarán de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto sobre traspaso de funciones y servicios en esta materia a la Comunidad Autónoma de Canarias.

DISPOSICION FINAL El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante se recibirá a trámite las solicitudes de beneficios comprendidas entre la fecha de caducidad del Real Decreto 2613/1979, de 5 de Octubre, y la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 6 de Febrero de 1985.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación CARLOS ROMERO HERRERA



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