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En virtud de las facultades que me confiere el artículo la Ley l/83 del Gobierno y de la Administración Pública Canaria y a la vista de lo establecido en el artículo 14c) de la Ley 7/84 de 11 de Diciembre de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, por presente,
D I S P O N G O Delegar en el Secretario General Técnico de esta Consejería la facultad de autorizar los gastos de su Centro Directivo hasta un importe de 1.000.000 (un millón) ,'c pesetas.
Dado para su cumplimiento en Santa Cruz de Tenerife. uno de Marzo de mil novecientos ochenta y cinco.
El CONSEJERO DE AGRICULTURA y PESCA, Felipe Pérez Moreno.
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