Visto El acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo lmportadores y Vendedores de Automóviles suscrito por Federación Provincial Pequeña y Mediana Empresa del Metal y U.G.T., y CC.00. y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, dos y tres, de la Ley 8/1980 de 10 de Marzo, y Real Decreto 1.033/84, de 11 de Abril, sobre transferencia de funciones a la Comunidad Autónoma de Canarias, esta Dirección territorial de Trabajo,
ACUERDA Iº.- Ordenar su inscripción en el Registro oficial de Convenios Colectivos, con notificación a la Comisión Negociadora.
2º.- - Remitir el texto original del mismo al instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito.
3º.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria a 10 de Diciembre de 1984.- El Director Territorial de Trabajo, Francisco Aguilar Santos.
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