Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 005. Viernes 11 de Enero de 1985 - 22

III. OTRAS DISPOSICIONES - Consejería Economía y Comercio

22 - ORDEN de 13 de Diciembre de 1984 por la que se aprueban las tarifas para al abastecimiento de agua del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.

Descargar en formato pdf

Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma en solicitud del incremento de tarifas.

RESULTANDO: Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, que lo emitió en su sesión ordinaria celebrada el día 13 de Diciembre de 1984, en el sentido de dictaminar favorable las siguientes tarifas para el abastecimiento de agua que suministra el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma a dicho término municipal.

USO DOMESTICO (facturación bimestral)

- Hasta 15 m3 (hágase o no consumo).....525ptas. - Cada m3 que exceda de 15 hasta 42 m3.....35ptas/m3 - Cada m3 que exceda de 42 m3 .......49 ptas/m3

USO INDUSTRIAL (facturación bimestral)

- Hasta 15 m3 (hágase o no consumo) ...735 ptas. - Cada m3 que exceda de 15 m3........49 ptas/m3

CONSIDERANDO: Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Artículo 8 bis del Real Decreto 2.226/77, de 27 de Agosto y en la Orden de 30 de Septiembre del mismo año.

VISTO el texto refundido de la Ley de Régimen Local de 26 de Junio de 1955, Reglamento de Servicio,, de las Corporaciones Locales de 17 de Junio de 1955, Ley 48/66 de 23 de Julio, Real Decreto 2.226/77 de 27 de Agosto, Orden de 30 de Septiembre de 1977, Real Decreto 2.695/77 de 28 de Octubre, Decreto 3.173/83, de 9 de Noviembre y Decreto del Gobierno Autónomo de Canarias 4/84, de 13 de Enero.

RESUELVO: Autorizar al Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma las siguientes tarifas para el Abastecimiento de Agua que suministra a aquel Término Municipal de las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Contra la presente Resolución cabrá interponer Recurso de Reposición previo el Contencioso - Administrativo ante el propio Organo que dictó dicha Resolución dentro del plazo de un mes a partir del siguiente al de su notificación o de su publicación en el Boletín Oficial dc la Comunidad Autónoma de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de Diciembre de 1984,

EL CONSEJERO, Rafael Molina Petit

© Gobierno de Canarias