BOC - 1984/125. Viernes 30 de Noviembre de 1984 - 745

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo y Transportes

745 - ORDEN de 19 de Noviembre de 1984, por la que se abre Concurso Público para la concesión de ayudas a las Corporaciones Locales destinadas a financiar Proyectos de mejora de la Infraestructura Turística Insular o Municipal.

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La necesidad de conservar, preservar y mejorar la infraestructura turística de nuestra Comunidad Autónoma, de tal modo que las acciones inversoras en la misma se consideran aspecto fundamental de atractivo para las corrientes turísticas que afluyan a nuestro Archipiélago, determinan la exigencia, en colaboración con las Corporaciones Locales ubicadas en nuestra Comunidad Autónoma, de un esfuerzo sostenido, en aras a conseguir que nuestra actual infraestructura esté acorde con la calidad de la oferta turística canaria.

En consecuencia, disponiendo de las aplicaciones presupuestarias correspondientes (Servicio 3, Programa 3, Concepto 75 l), esta Consejería ha tenido a bien disponer:

Artículo 1°.- Se convoca Concurso Público por importe de 6.000.000 de pesetas (Seis Millones de Pesetas) para financiar los mejores Proyectos de inversión destinados a 'la mejora de la infraestructura turística y/o a la compra de bienes de equipo con el mismo fin.

Artículo 2°.- Podrán ser adjudicatarios del presente Concurso los Cabildos Insulares, Ayuntamientos y otras Entidades Públicas de régimen local, ubicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 3°.- Las actuaciones a que se refiere el presente Concurso estarán destinadas: a) Mejora de la infraestructura turística municipal o insular, especialmente las inversiones dirigidas al establecimiento o reforma de lugares de esparcimiento y oficios

b) Inversiones dirigidas al embellecimiento y omato del término municipal o a la ejecución de obras de las mismas características de interés supramunicipal.

c) Inversiones encaminadas a obras de limpieza de los núcleos de especial influencia turística, con prioridad a las de limpieza de playas.

d) Inversiones destinadas a la señalización de lugares pintorescos que conformen el patrimonio turístico del Archipiélago.

e) Inversiones dirigidas a la señalización de bienes integrantes del patrimonio histórico - artístico Y edificios singulares de la arquitectura tradicional canaria.

f) Compra de bienes de equipo destinados a cualquiera de los fines a que se hace referencia en los apartados anteriores.

Artículo 4°.- En el plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, las Entidades concursantes deberán presentar instancia dirigida al lltmo. Sr. Director General de Turismo (C/ de La Marina 57 en Santa Cruz de Tenerife o Plazoleta de Ramón Franco s/n en Las Palmas de Gran Canaria) o por cualquiera de los medios previstos en los artículos 65 y 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, acompañada de la siguiente documentación:

a) Descripción de la obra, con inclusión del presupuesto de la inversión.

b) Bienes de equipo que se pretenda adquirir y presupuesto.

Artículo 5°.- Admitidas las solicitudes, la Dirección General de Turismo podrá recabar la documentación complementaria que estime oportuna para la adjudicación.

Artículo 6°.- A propuesta del Director General de Turismo, la Consejera de Turismo y Transportes adoptará Resolución sobre las solicitudes de subvención y rifará las cantidades otorgadas.

Artículo 7°.- La inversión objeto de subvención deberá terminarse en el plazo de un año a partir de la fecha de notificación de la adjudicación a la Corporación beneficiaria.

DISPOSICION FINAL Unica.- La presente Orden entrará en vigor el mismo, día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Santa Cruz de Tenerife, 27 de Noviembre de 1984.

LA CONSEJERA DE TURISMO Y TRANSPORTES, Mª Dolores Palliser Díaz.



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