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BOC Nº 099. Lunes 1 de Octubre de 1984 - 565

III. OTRAS DISPOSICIONES - Consejería de Educación

565 - ORDEN de 19 de Septiembre de 1984, por la que se autoriza el cese de actividades docentes al Centro privado de Bachillerato «San José de Calasanz» de La Laguna, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

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Examinado el expediente promovido por D. Pablo Corona González, Presidente de la Cooperativa de Viviendas SANSOFE, propietaria del Colegio Privado «SAN JOSE DE CALASANZ», sito en San Miguel de Geneto, La Laguna, provincia de Santa Cruz de Tenerife, en solicitud de autorización de cese de actividades en el nivel de Bachillerato.

RESULTANDO que el citado expediente ha sido tramitado en forma reglamentaria por la respectiva Dirección Territorial, la cual ha elevado propuesta favorable sobre la referida petición, acompañando el preceptivo informe de la Inspección de Bachillerato.

RESULTANDO que el cese solicitado no supone grave menoscabo del interés público.

VISTOS el Decreto 1855/74 de 7 de Junio (B.O.E. de 10 de Julio) sobre el régimen jurídico de las autorizaciones de Centros no estatales de Enseñanza y el Real Decreto 2091/83 de 28 de Julio (BOCAC de 20 de Septiembre de 1983), y demás legislación complementaria aplicable.

CONSIDERANDO que los alumnos del Centro cuya clausura se solicita tienen garantía de adecuada escolarización, con lo que la continuidad de su enseñanza no se perjudica.

ESTA CONSEJERIA HA RESUELTO:

AUTORIZAR el cese de actividades al Centro de Bachillerato privado que a continuación se detalla:

PROVINCIA: Santa Cruz de Tenerife.

MUNICIPIO: La Laguna.

LOCALIDAD: La Laguna.

DENOMINACION: «SAN JOSE DE CALASANZ».

DOMICILIO: San Miguel de Geneto.

TITULAR: Cooperativa de Viviendas SANSOFE.

Se autoriza el cese de actividades como Centro Homologado de Bachillerato, anulándose su inscripción en el Registro Especial de Centros. Este cese se concede con efectos del comienzo del curso 1984-85. Queda nula y sin ningún valor la Orden que autorizó el funcionamiento legal de dicho Centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo dar cumplimiento a los preceptos de la Ley General de Educación y disposiciones complementarias en materia de autorización de Centros.

El cese como Centro de Bachillerato implica la extinción automática de la autorización para impartir el curso de Orientación Universitaria en los Centros autorizados al efecto.

Santa Cruz de Tenerife, 19 de Septiembre de 1.984.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, Luis Balbuena Castellano.

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