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BOC Nº 080. Viernes 10 de Agosto de 1984 - 465

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación

465 - ORDEN de 9 de Julio de 1984 por la que se concede autorización defínitíva el Centro Privado de Educacíón Preescolar «ADONAI» de Santa Cruz de Tenerife.

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Examinado el expediente instruido por Doña Otilia Fernández Fernández, en su calidad de Titular y Directora del Centro Privado «Adonai», sito en la Autopista del Sur, Km. 6,7 de Santa Cruz de Tenerife, en solicitud de autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de 4 Unidades de Preescolar de acuerdo con lo dispuesto en los artículos sexto y S.S., del Decreto 1855/74, de 7 de Junio.

RESULTANDO que dicho Centro ha obtenido la autorización en fecha 18 de Julio de 1983, a que alude el artículo quinto del Decreto mencionado.

RESULTANDO que el expediente de autorización definitiva ha sido tramitado reglamentariamente y que han recaída informes favorables de la Inspección Técnica y de la Unidad Técnica de la Dirección Territorial.

VISTOS la Ley General de Educación de 4 de Agosto de 1970 («Boletín Oficial del Estado», 6-8-70), el Decreto 1855/74 de 7 de Junio «Boletín Oficial del Estado» de10-7-74), la Orden Ministerial de 24 de Abril de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 2-5-76), la Orden Ministerial de 22 de Mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 2-6-78) y demás disposiciones complementarias.

CONSIDERANDO que el Centro Docente Privado «ADONAI» reune los requisitos exigidos por las disposiciones en vigor, viniendo a resolver las necesidades existentes en la zona del Centro en el nivel educativo de Preescolar.

ESTA CONSEJERIA HA RESUELTO conceder la AUTORIZACION DEFINITIVA para su apertura y funcionamiento al Centro Privado que se indica a continuación:

PROVINCIA: Santa Cruz de Tenerife.

MUNICIPIO: Santa Cruz de Tenerife.

DOMICILIO: Autopista del Sur, Km. 6,7.

DENOMINACION: Centro Privado de Preescolar «ADONAI». TITULAR: Doña Otilia Femández Fernández.

FECHA AUTORIZACION PREVIA: 18 de Julio de 1983.

NIVEL: Preescolar, número de Unidades: 4 (Párvulos).

PUESTOS ESCOLARES: 156. La presente autorización podrá ser revocada en los supuestos del artículo decimoquinto del Decreto 1855/74.

Santa Cruz de Tenerife, 9 de Julio de 1984.

EL CONSEJERO DE EDUCACION Luis Balbuena Castellano.

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