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BOC Nº 025. Jueves 12 de Abril de 1984 - 177

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación

177 - RESOLUCION de 19 de Marzo de 1.984, de la Direccíón General de Ordenación Educativa, por la que se fija un plazo para la presentación de solícitudes de autorización de nuevas unidades para el próximo curso 1.984-85 en los Centros Docentes privados de Preescolar y E. G. B.

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Una planificación adecuada del comienzo del próximo curso escolar hace preciso fijar un plazo límite de admisiòn de solicitudes para la autorización de nuevas unidades en centros docentes privados de Preescolar y E.G.B., que garantice que todas las unidades que, entren en funcionamiento el próximo curso 1.984-85 están debidamente autorizadas. Se facilita así el cumplimiento de las condiciones que la legislación vigente establece en bien del interés público que comporta la educación y, por otra parte, se posibilita que los titulares reciban contestaciòn a sus solicitudes en un plazo de tiempo que les permita planificar y organizar las actividades en los Centros con la deseada eficacia y con el debido respeto a la legislación.

Por todo ello, esta Dirección General ha resuelto:

1°.- El plazo de admisión de solicitudes de autorizaciòn para nuevas Unidades para el próximo curso 1984-85 en los Centros docentes privados de los niveles de Preescolar y E.G.B., finalizará el 31 del próximo mes de Mayo.

2°- Las solicitudes se presentarán en las Direcciones Territoriales y en ellas se hará constar: a) Titularidad, denominación y ubicación del Centro.

b) Nivel educativo, con explícita mención a la Orden Ministerial por la que se otorgó al Centro clasificaciòn o autorización.

c) Capacidad actual del Centro en número de puestos escolares y número de unidades en cada nivel educativo.

d) Ubicación, dimensiones y capacidad, en su caso, de las nuevas unidades y nivel educativo al que se destinan.

e) Indicación si las nuevas unidades son de nueva construcción, o por el contrario, se ubicarán en dependencias ya existentes, especificando la finalidad que se le habia dado hasta este momento a las mismas.

3°.- A las solicitudes se acompañara un plano de planta del centro en el que se indique el destino de cada una de sus dependencias y la ubicaciòn de las nuevas unidades para las que se solicita autorizaciòn.

4°.- Las Direcciones Territoriales procederan en el mes de Junio a informar lascorrespondientes solicitudes y las elevaràn antes del 30 de Junio a esta Direciòn General para su estudio y autorizaciòn si procede.

Santa Cruz de Tenerife a, 19 de Marzo de 1.984. El Director General de Ordenaciòn Educativa. Josè Carlos Guerra Cabrera.

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