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El Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias publicó en su número 5, de fehca 8 de Febrero del pesente año, el Decreto 30/84, de 27 de Enero, sobre procedimiento de justificación y percepción de primas al transporte de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias. El artículo 2º del citado Decreto dispone que las solicitudes para acogerse a la compensación al transporte se presentarán antes del 31 de Marzo de 1.984. Se ha percibido en la Dirección General de Transporte que el plazo señalado en el artículo antes mencionado es excesivamente corto, lo que hace aconsejable la ampliación del mismo. En su virtud, esta Consejería ha tenido a bien disponer: ARTICULO UNICO: El plazo pra la presentación de las solicitudes por las que se interese acogerse a la compensación al transporte, señalado en el artículo 3º del Decreto 30/84, de 27 de Enero, queda ampliado hasta el 16 de Abril de 1.984.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de Marzo de 1.984.
LA CONSEJERA DE TURISMO y TRANSPORTES María Dolores Palliser Díaz.
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