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Habiendo entrado en vigor la Ley 1/84, de 8 de Febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el ejercicio de 1.984, se hace necesario, a tenor del apartado 4°, del Articulo 8°, que la Titular del Departamento delegue facultades de Ordenación de Gastos en el Secretario General Técnico, en el Director General de Turismo, en el Director General de Transportes, en los Directores Generales Territoriales de Turismo y en los Directores Territoriales de Transportes.
En su virtud, D I S P O N G O
Articulo 1°.- Se delega en el Secretario General Técnico, en el Director General de Turismo y en el Director General de Transportes, la facultad de ordenar gastos hasta una cuantia de QUINIENTAS MIL pesetas.
Articulo 2°.- Se delega en los Directores Territoriales de Turismo y en los Directores Territoriales de Transportes la facultad de ordenar gastos hasta una cuantia de CINCUENTA MIL pesetas.
Articulo 3°.- Esta Orden entrará en vigor el mismo dia de su publicación.
Santa Cruz de Tenerife, 17 de Febrero de 1.984.
LA CONSEJERA Maria Dolores Palliser Diaz.
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