Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
1982/019 - Martes 30 de Noviembre de 1982

I. DISPOSICIONES GENERALES
Junta de Canarias

Regresar al sumario 274 ORDEN de 19 de octubre de 1982 por la que se adscriben a la Universidad Politécnica de Las Palmas determinados Centros docentes dependientes actualmente de la Universidad de La Laguna.

Ilmo. Sr.: En aplicación de las medidas urgentes retativas a la enseñanza universitaria en las islas Canarias acordadas por esta Secretaría de Estado tras las pertinentes consultas con las Universidades de La Laguna y Politécnica de Las Palmas, figura la adscripción de los Institutos Nacionales de Bachillerato de la provincia de Las Palmas, actualmente dependientes de la Universidad de La Laguna, a la Universidad Politécnica de Las Palmas, a efectos, fundamentalmente, de desempeñar las funciones de supervisión establecidas en el artículo 34 de la Ley General de Educación, lo que no debe ser obstáculo para una cooperación eficaz y organizada de los Institutos de Ciencias de la Educación de ambas Universidades en orden a una tutela unitaria de los niveles medios e inferiores del sitema educativo de Canarias.

Por ello, teniendo en cuenta lo dispuesto en la mencionada Ley General de Educación y en el párrafo 2° de la Orden ministerial de 22 de enero de 1973, así como el favorable informe, de ambas Universidades y respetando en todo caso la actual situación establecida con referencia a ese Distrito universitario por las diferentes normas de rango superior vigente, ha dispuesto:

Primero.- Quedan adscritos a la Universidad Politécnica de Las Palmas todos los Institutos Nacionales de Bachillerato, dependientes actualmente de la Universidad de La Laguna, radicados en la provincia de Las Palmas, así como sus respectivos Centros adscritos.

Segundo.- Los Institutos de Ciencia de la Educación de las Universidades de: La Laguna y Politécnica de Las Palmas asegurarán la tutela unitaria de los niveles medios e inferiores del sistema educativo en las islas Canarias, a cuyos efectos suscribirán, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de entrada en vigor de la presente Orden el correspondiente convenio de colaboración que deberá ser aprobado por las respectivas Universidades y por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Tercero.- Por la Dirección General de Ordenación Universitaria y Profesorado se dictarán las medidas pertinentes para el cumplimiento y desarrollo lo dispuesto en la presente Orden.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V.I. Madrid, 19 de octubre de 1982.

El Secretario de Estado, por delegación (Orden ministerial de 27.de marzo de 1982), Saturnino de la Plaza Pérez Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Universitaria y Profesorado.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS