Solicitudes
- Empleo de estiércol de ganado convencional u otros fertilizantes mencionados en el Anexo II-A con dicha salvedad.
- Empleo de fitosanitarios de origen natural mencionados en el Anexo II-B con dicha salvedad.
- Empleo de semillas o material de reproducción vegetativa de origen convencional no tratados con productos no autorizados ni OGM que no estén disponibles en el mercado de forma ecológica. Puede consultarse la lista de variedades de las que se dispone de semilla ecológica y casas comerciales en el enlace: http://www.mapya.es/es/alimentacion/pags/ecosemillas/intro.htm .
- Introducción de animales de reposición de origen convencional en las condiciones y edades máximas previstas en los párrafos 3.6 a 3.11 del Anexo II-B del reglamento
- Empleo de piensos y forrajes de origen convencional en mayor porporción de la prevista en el punto 4.8 del Anexo I-B del reglamento, por un período limitado, debido a condiciones excepcionales.
- Utilización de medicamentos veterinarios alopáticos de síntesis química o antibióticos, bajo la rewsponsabilidad de un veterinario, como tratamiento curativo.
- Atado temporal, descornado o despunto del pico por motivos de seguridad de bienestar.
- Empleo en apicultura de cera de origen convencional
Mediante este documento el titular del CRAE de Canarias que se le reconozca la necesidad de las prácticas que se indican, y que se autorice su empleo de conformidad con lo previsto en el Reglamento (CEE/2092/91).