Comisión Interterritorial de la Cooperación
Adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, la composición, competencias, organización y funciones de la Comisión Interterritorial de la Cooperación aparecen reguladas en el artículo 23 de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Real Decreto 22/2000, de 14 de enero.
Entre sus funciones destacan:
a) Dictaminar con carácter previo el Plan Director y los Planes Anuales.
b) Proponer la inclusión en el Plan Director y en los Planes Anuales de cooperación los proyectos financiados conjuntamente por las distintas Administraciones públicas.
c) Promover acciones conjuntas entre las distintas Administraciones.
d) Conocer y en su caso debatir la programación de cooperación de las Administraciones Autonómicas y Locales, procurando su articulación y complementación armónica con los principios, objetivos y prioridades que orientan la ayuda oficial al desarrollo.
e) Realizar el seguimiento periódico de la ejecución de proyectos en que intervengan las Administraciones Autonómicas y Locales.
f) Promover la creación de una base común de Datos que incluya programas y proyectos de cooperación para el desarrollo tanto de la Administración General del Estado como de las demás Administraciones públicas.
g) Emitir los informes y dictámenes que cualquiera de las Administraciones públicas le solicite sobre materias de su competencia.
h) Cualquier otra actuación que acuerde el Pleno, en el ámbito de sus competencias.
La Comisión está constituida por el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación (Presidente), la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional (Vicepresidenta primera), los titulares de las Secretarías de Estado de Turismo y Comercio e Inmigración y Emigración, de la Secretaría General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, de las Direcciones Generales de Financiación Internacional y de Presupuestos (Ministerio de Economía y Hacienda) y representantes de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Justicia, Interior, Fomento, Educación y Ciencia, Trabajo y Asuntos Sociales, Agricultura, Pesca y Alimentación, Administraciones Públicas, Cultura, Sanidad y Consumo y Medio Ambiente; el Subdirector General de Planificación y Evaluación de Políticas de Desarrollo; un representante de cada una de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla; y diecinueve representantes de las Entidades locales.
Existe una Comisión Permanente encargada de asegurar la coordinación y la continuidad de los trabajos.
En la actualidad existen seis grupos de trabajo sobre acción humanitaria, educación para el desarrollo y sensibilización, evaluación, financiación y participación de la sociedad civil, sistemas comunes de información y estadística y planificación.