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Quienes deseen participar en las acciones formativas programadas deberán solicitarlas a través de la página web de la Academia de la Dirección General de Seguridad y Emergencias, http://www.gobiernodecanarias.org/academia, o, en su defecto, en las oficinas de la Academia , ubicadas en:
la Avenida Principal de Añaza s/nº, Santa Cruz de Tenerife,
y calle León y Castillo, nº 57, 3ª Planta 35003, en Las Palmas de Gran Canaria.
Deberá utilizarse exclusivamente una sola de las modalidades de remisión de solicitudes previstas en este apartado (on Line o impreso).
La participación en una actividad formativa no podrá coincidir en el tiempo con otra, por lo que se solicitará, por orden de preferencia, según el calendario previsto.
En el caso de encontrarse varias solicitudes de una misma persona se considerará exclusivamente la presentada en la última fecha, independientemente del resto de las acciones formativas solicitadas. Se solicitarán un máximo de tres actividades formativas por convocatoria mensual. La Academia tratará de incluir en el máximo número de ellas a los solicitantes. Una vez el solicitante sea admitido, deberá confirmar su asistencia, en caso contrario, podrá ser motivo de exclusión.
1. No ajustarse al modelo aprobado en la convocatoria.
2. No pertenecer al grupo de destinatarios al que se dirige la acción formativa.
3.La omisión, inexactitud o no coincidencia con la realidad de los datos consignados.
4. Presentación fuera de plazo o no ajustada a las vías indicadas.
Se podrá solicitar información adicional en las oficinas de la Academia de la DGSE o llamando a los teléfonos
928 11 74 44/45 ó al 922 68 72 44
fax 928 45 26 41 ón al fax 922 68 72 30
(Departamento de Formación).
A la hora de realizar la selección, se tendrá en cuenta el orden de preferencia indicado en el listado de acciones formativas solicitadas. La Academia Canaria de Seguridad dará prioridad al solicitante que no ha sido admitido en actividades anteriores, siguiendo los criterios que garanticen:
- la presencia de todas las Jefaturas en la formación
- que el solicitante esté vinculado al desempeño de los contenidos que se impartan.
Para realizar una actividad formativa de Nivel II, de Nivel III o superior, se deberá haber superado los niveles anteriores. Serán motivo de exclusión:
a) No cumplir con los requisitos exigidos.
b) La no vinculación del puesto de trabajo con el contenido del módulo.
c) Encontrarse de baja médica.
d) No confirmar la asistencia a la actividad.
e) Poseer ausencias sin justificar en módulos anteriores.
f) En el supuesto de que después de la publicación de los siguientes criterios se editara alguna norma que condicionara la admisión o no a acciones formativas será de aplicación y se incluirá en las convocatorias correspondientes.
Una vez efectuada la selección por la ACS, la institución publicará, en la página Web de la institución http://www.gobiernodecanarias.org/academia y en los tablones de anuncios, la relación de admitidos y excluidos, especificando los motivos de exclusión, de acuerdo con los criterios publicados.
Los seleccionados deberán presentarse al inicio de la actividad formativa, en el día y hora indicados.
Los admitidos no presentados perderán tal condición y los derechos inherentes a la misma, pasando a ocupar su puesto los/las solicitantes que figuren en la lista de reserva en el orden establecido.
Las personas solicitantes, que siendo admitidas no asistan a las mismas sin la justificación acreditativa correspondiente a valorar por la ACS, serán excluidas para realizar actividades programadas en el Plan de Actividades de la institución.
La ACS expedirá los siguientes tipos de certificados:
En los módulos de perfeccionamiento:
- Asistencia: para aquellos módulos donde no exista prueba de evaluación, y figuren las horas formativas, se expedirá certificado en donde se hará constar el número de horas de duración total de la misma, así como, el programa impartido. La no asistencia al 10% de la actividad, cualquiera que sea su causa, imposibilitará la expedición del certificado de asistencia.
- Apto: para aquellos módulos donde se finalice la formación con una prueba de evaluación. En estos casos, se indicará en la convocatoria de la acción formativa. Cuando la prueba realizada no sea superada, no se expedirá certificado.
En los cursos de promoción profesional o en el curso básico, la certificación será de apto/no apto a la finalización del curso. No podrán ser expedidos certificados de los módulos que integran el curso.
La no asistencia a las diferentes actividades del curso, cualquiera sea su causa, imposibilitará la expedición del certificado. Los criterios para la expedición de la certificación de estos cursos, figurarán en las convocatorias específicas que para ellos se realicen.
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